{"id":73806,"date":"2026-01-27T14:59:20","date_gmt":"2026-01-27T20:59:20","guid":{"rendered":"https:\/\/elconspirador.com.mx\/?p=73806"},"modified":"2026-01-27T14:59:20","modified_gmt":"2026-01-27T20:59:20","slug":"sat-implementa-programa-de-regularizacion-fiscal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elconspirador.com.mx\/?p=73806","title":{"rendered":"SAT IMPLEMENTA PROGRAMA DE REGULARIZACI\u00d3N FISCAL"},"content":{"rendered":"<p>Con el prop\u00f3sito de continuar con el fomento a la cultura del cumplimiento, el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria (SAT) implementa el programa de Regularizaci\u00f3n Fiscal 2026, dirigido a personas y empresas que tuvieron ingresos en el ejercicio fiscal 2024 hasta por 300 millones de pesos.<\/p>\n<p>Con este beneficio las personas y empresas pueden disminuir hasta el 100% de multas, recargos y gastos de ejecuci\u00f3n, o bien, si se trata de cr\u00e9ditos fiscales integrados exclusivamente por multas, acceder a una reducci\u00f3n de hasta el 90% de su monto, en t\u00e9rminos de las disposiciones aplicables.<\/p>\n<p>Este est\u00edmulo, previsto en la Ley de Ingresos de la Federaci\u00f3n para el ejercicio fiscal de 2026, aplica tambi\u00e9n a multas derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior, incluidas las multas distintas a las de pago o con agravantes, recargos y gastos de ejecuci\u00f3n derivados de contribuciones propias, retenidas, trasladadas, aprovechamientos o cuotas compensatorias del ejercicio fiscal 2024 o anteriores.<\/p>\n<p>Para acceder a este beneficio, las y los contribuyentes no deben haber recibido condonaciones en los programas generalizados previos, ni haber sido beneficiados por el est\u00edmulo fiscal a que se refiere el Trig\u00e9simo Cuarto Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federaci\u00f3n para el ejercicio fiscal de 2025.<\/p>\n<p>Asimismo, no deben tener sentencia condenatoria firme por alg\u00fan delito fiscal, ni formar parte de los listados definitivos relativos a los art\u00edculos 69-B o 69-B Bis del C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n (CFF).<br \/>\nEl programa es aplicable a contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:<\/p>\n<p>I. Contribuyentes que tengan a cargo contribuciones omitidas autodeterminadas<br \/>\ncorrespondientes al ejercicio fiscal 2024 o anteriores<\/p>\n<p>En este supuesto los contribuyentes pueden aplicar el est\u00edmulo fiscal al presentar las declaraciones correspondientes, autodeterminando la contribuci\u00f3n a cargo que proceda y sus accesorios; el est\u00edmulc aplica exclusivamente respecto de los recargos generados por el monto de la contribuci\u00f3n omitida, se debe manifestar en la secci\u00f3n &#8220;Pago&#8221; o &#8220;Determinaci\u00f3n de pago&#8221; del formulario de la declaraci\u00f3r correspondiente, y el pago debe realizarse en una sola exhibici\u00f3n, a m\u00e1s tardar el 31 de diciembre de 2026.<\/p>\n<p>II. Contribuyentes sujetos a facultades de comprobaci\u00f3n<br \/>\nSiempre que subsanen las irregularidades detectadas, se autocorrijan y paguen dentro del plaz establecido en el procedimiento correspondiente, a m\u00e1s tardar el 31 de diciembre de 2026, y hasta ante de que se les notifique la resoluci\u00f3n en la que se les determinen las contribuciones omitidas.<\/p>\n<p>III. Contribuyentes con cr\u00e9ditos fiscales firmes a su cargo<\/p>\n<p>Se considera a las personas y empresas que cuenten con cr\u00e9ditos fiscales firmes determinados por la autoridad fiscal federal, que no hayan sido impugnados o que se desistan del medio de defensa interpuesto.<\/p>\n<p>En este caso, la solicitud del est\u00edmulo debe presentarse a m\u00e1s tardar el 31 de octubre de 2026, mediante un caso de aclaraci\u00f3n en el Portal del SAT o de manera presencial. De ser procedente, la autoridad entregar\u00e1 la l\u00ednea de captura para realizar el pago dentro de los 15 d\u00edas naturales siguientes.<\/p>\n<p>Es importante se\u00f1alar que, en este caso, las y los contribuyentes podr\u00e1n realizar el pago hasta en seis parcialidades, siempre que la \u00faltima parcialidad se efect\u00fae a m\u00e1s tardar el 30 de noviembre de 2026 y no se encuentren en concurso mercantil o sean declarados en quiebra, y los pagos se efect\u00faen a m\u00e1s tardar en la fecha de vencimiento de cada l\u00ednea de captura. En caso de incumplimiento, el est\u00edmulo fiscal no tendr\u00e1 efectos y la autoridad aplicar\u00e1 los pagos conforme al orden establecido en el art\u00edculo 20 del CFF, requiriendo el pago de la cantidad que resulte.<\/p>\n<p>Con la presentaci\u00f3n de la solicitud se suspender\u00e1 el procedimiento administrativo de ejecuci\u00f3n, sin la obligaci\u00f3n de garantizar el inter\u00e9s fiscal y se interrumpir\u00e1 el t\u00e9rmino para la prescripci\u00f3n.<\/p>\n<p>En este supuesto, se entiende que las y los contribuyentes consienten \u00edntegramente el cr\u00e9dito fiscal de que se trate, aceptando que, si impugnan total o parcialmente dicho cr\u00e9dito, el est\u00edmulo fiscal aplicado deja de surtir efectos y la autoridad realizar\u00e1 las acciones correspondientes.<\/p>\n<p>El est\u00edmulo fiscal no se considerar\u00e1 ingreso acumulable para efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, ni dar\u00e1 lugar a devoluci\u00f3n, deducci\u00f3n, compensaci\u00f3n, acreditamiento o saldo a favor alguno; quedando a salvo las facultades de la autoridad para verificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones para aplicar el est\u00edmulo.<\/p>\n<p>Para mayor informaci\u00f3n, se puede visitar el minisitio &#8220;Programa de Regularizaci\u00f3n Fiscal 2026&#8221;:<br \/>\nhttps:\/\/www.sat.gob.mx\/minisitio\/RegularizacionFiscal\/RegularizacionFiscal\/index.html<br \/>\nTambi\u00e9n, es posible recibir orientaci\u00f3n al acudir a cualquier oficina del SAT sin cita previa o a trav\u00e9s de los siguientes canales de atenci\u00f3n:<\/p>\n<p>* MarcaSAT: 55 627 22 728, opci\u00f3n 9, seguida de la 3<br \/>\n* Chat uno a uno: Opci\u00f3n &#8220;Programa de Regularizaci\u00f3n Fiscal LIF 2026&#8221;<br \/>\n* OrientaSAT: En sat.gob.mx, lado derecho, en el b\u00faho (OrientaSAT), seguido de la opci\u00f3n &#8220;Programa de Regularizaci\u00f3n Fiscal 2026&#8221;<br \/>\n* Oficina Virtual: Con previa cita en citas.sat.gob.mx<\/p>\n<p>Con estas medidas, el SAT contin\u00faa impulsando una cultura de contribuci\u00f3n voluntaria y de apoyo a las y los contribuyentes, con lo que se fortalece la recaudaci\u00f3n en beneficio del desarrollo de la naci\u00f3n y de la poblaci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con el prop\u00f3sito de continuar con el fomento a la cultura del cumplimiento, el Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria (SAT) implementa el programa de Regularizaci\u00f3n Fiscal 2026, dirigido a personas y empresas que tuvieron ingresos en el ejercicio fiscal 2024 hasta por 300 millones de pesos. Con este beneficio las personas y empresas pueden disminuir hasta el 100% de multas, recargos<\/p>\n<div class=\"h10\"><\/div>\n<p><a class=\"more-link2 flat\" href=\"https:\/\/elconspirador.com.mx\/?p=73806\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":73859,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"om_disable_all_campaigns":false,"_uf_show_specific_survey":0,"_uf_disable_surveys":false},"categories":[1],"tags":[],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/elconspirador.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/73806"}],"collection":[{"href":"https:\/\/elconspirador.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/elconspirador.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elconspirador.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elconspirador.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=73806"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/elconspirador.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/73806\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":73807,"href":"https:\/\/elconspirador.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/73806\/revisions\/73807"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/elconspirador.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/73859"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/elconspirador.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=73806"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/elconspirador.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=73806"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/elconspirador.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=73806"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}