APRUEBAN LICENCIA MENSTRUAL EN BAJA CALIFORNIA SUR | El Conspirador

APRUEBAN LICENCIA MENSTRUAL EN BAJA CALIFORNIA SUR

APRUEBAN LICENCIA MENSTRUAL EN BAJA CALIFORNIA SUR

En el estado de Baja California Sur se ha dado un gran paso en materia de los derechos de mujeres y personas menstruantes. Esto luego de que el Congreso local aprobó una serie de reformas legales con el objetivo de reconocer la llamada “licencia menstrual”. Te contamos en qué consiste y qué otras entidades cuentan con ella.

Y es que de acuerdo con la información compartida por la misma XVI Legislatura del Congreso de Baja California Sur, con esta licencia las personas menstruantes podrán acceder a un permiso de dos días con goce de sueldo en caso de que tengan el diagnóstico de:

  • dismenorrea —menstruación dolorosa— en grado incapacitante
  • endometriosis —una enfermedad que consiste en el crecimiento de un tejido al interior del útero que suele ocasionar dolores intensos—

Licencia menstrual: ¿Cómo se aplica en Baja California Sur?

Hay que partir diciendo que la iniciativa de la reforma sobre licencias menstruales en Baja California Sur fue propuesta por la diputada María Guadalupe Moreno Higuera, con el objetivo de que se haga conciencia sobre la problemática de salud que representa la menstruación dolorosa y su relación con los derechos laborales.

Ahora que la propuesta fue aprobada, se hicieron una serie de cambios, principalmente a la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur. Con ello, en el artículo 29 bis quedó señalado lo siguiente:

“Las mujeres o personas menstruantes a quienes se les haya diagnosticado dismenorrea en grado incapacitante o endometriosis, tendrán derecho al otorgamiento de una licencia con goce de sueldo íntegro, de hasta 2 días, cada mes, cuando estos padecimientos les imposibiliten temporalmente desempeñar su jornada de trabajo”.

Cabe mencionar que las trabajadoras que requieran de la licencia deberán avisar a la institución laboral en el transcurso de la primera jornada en la que no podrá asistir. Asimismo, necesitará llevar a las oficinas de recursos humanos un certificado médicoque cumpla con los siguientes requisitos:

  • sea expedido por una Institución de Seguridad Social o de Salud Pública
  • en caso de ser emitido por un particular contar con el nombre y cédula profesional del especialista

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