ONG ACUSA A CANIRAC DE MENTIRLE A LA GENTE… NO TIRARON LA LEY ANTITABACO
La Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (Canirac) ha promovido la desinformación al asegurar que obtuvo un amparo contra el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, ya que en realidad el Juzgado que analizó el caso dictó que careció de interés legítimo en un primer momento y no hay aún una sentencia definitiva, acusó la organización Salud Justa.
Apenas este lunes, la Canirac emitió un comunicado en el que aseguraba haber obtenido una suspensión definitiva que permitiría a sus afiliados rehabilitar las zonas de fumar, al considerar que las disposiciones del reglamento generaban “una serie de restricciones y prohibiciones en la industria”. Sin embargo, el equipo jurídico de Salud Justa analizó el juicio de amparo en cuestión y determinó que la Canirac estaba promoviendo la desinformación sobre el resultado del recurso jurídico.
“Es un hecho que todavía no hay una sentencia que haya amparado a la Cámara, no hay una sentencia definitiva del juicio de amparo 178/2023 porque está en recurso de revisión. Sí hay una sentencia definitiva que decretó el sobreseimiento y que no tenía interés jurídico, esta se impugnó, y ahorita estamos en espera de la sentencia del Tribunal Colegiado”, explicó Max Cárdenas del área jurídica de la ONG. “No hay ninguna sentencia que ampare a la Canirac y tampoco se trata de un amparo colectivo”.
El abogado profundizó que si bien la Cámara intentó promover un amparo, en un primer instante el Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Administrativa determinó que Canirac no tenía un interés legítimo y por lo tanto sentenció sobreseer el juicio. En ese sentido, Cárdenas remarcó que para que un amparo de este tipo permitiera a los restaurantes reinstalar sus zonas de fumadores tendrían que, cada establecimiento, promover un juicio de amparo contra el Reglamento.
En ese sentido, Darina García sumó que la Canirac incitaba a sus afiliados a sumarse a la supuesta protección otorgada por el amparo al completar un formulario y pagar una cuota, pero “este tipo de declaraciones son imprecisas y pueden llevar a cae en un error porque en la sentencia definitiva del Juez Víctor Octavio Luna se resolvió que Canirac no puede ser parte dentro del juicio porque carece de interés jurídico y legítimo”.
Por su parte, Claudia Moreno, también abogada de la misma organización, detalló que desde marzo a la fecha se han registrado mil 773 amparos contra el reglamento en entidades como Ciudad de México, Morelos, Guanajuato, Coahuila, Querétaro, Puebla, Nuevo León, Estado de México y Quintana Roo, de las cuales la mayoría no ha procedido o han sido sobreseídos. Son pocos los casos en los que se ha dictado una sentencia favorable al promovente y las autoridades de salud han metido recursos de revisión en dichas ocasiones.













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